Cambios en el Reglamento de Tránsito del Edo Méx., van contra motociclistas, a partir del 25 de noviembre
Toluca, Méx.- El nuevo reglamento de Tránsito que entre en vigor a partir del 25 de noviembre, contempla aplicar multas a las motociclistas con escapes modificados y ruidosos, así como para los que no porten placa, casco y licencia, la cual ya no podrá ser de automovilista, y tendrá que ser exclusiva de motociclista.

El rebase por la derecha, excedan límites de velocidad en calle céntricas y circulen en sentido contrario, ahora tendrán que pagar su multa de unos 670 pesos y cada vez que reincidan aumentará el costo de la multa. En el tema del casco, este tendrá que cumplir con certificaciones y no estar caducado, además de ser de uso exclusivo para motociclistas.

La licencia ahora deberá portar una exclusiva de motociclista, y en su artículo 43 fracción IX señala que para obtener la licencia de motociclista del Edo Méx, se tendrá que acreditar una certificación con una empresa asignada por el Gobierno Estatal para tal efecto, por lo que sin problema tu licencia de Guerrero seguirá siendo útil, sólo ten en cuenta que también la ley señala que al tu cometer una infracción y presentar documentación foránea, la agente de tránsito podrá retener tu placa, esto para asegurar el pago de la infracción.
Según los nervios del Gobierno Estatal estas modificaciones al Reglamento son para establecer un nuevo régimen de sanciones, en el cual se eliminan las multas fijas, sustituyéndolas por rangos mínimos, medios y máximos, que se aplicarán según el historial que tenga el conductor o infractor, es decir la multa mínima se aplicará cuando el infractor no tenga historial de sanciones o no tenga multas pendientes de pago; la media, cuando haya de dos a tres incumplimientos; y la máxima, cuando existan cuatro o más infracciones sin pagar.
Una de las innovaciones del nuevo Reglamento de Tránsito será la posibilidad de imponer sanciones a través de foto multas, “siempre con la debida señalización preventiva”, calibración de equipos y respeto al derecho de audiencia y defensa de las personas.
Con el nuevo reglamento, los motociclistas estarán obligados a cumplir una serie de lineamientos, pues de entrada deberán de contar con licencia para conducir motos, pues las licencias de conducir tipo A y B y los permisos provisionales de práctica, no serán válidos para conducir estos aparatos.
También se establece que las motocicletas únicamente podrán ser conducidos por personas mayores de edad y que porten licencia de motociclista vigente, ya sea en formato físico o digital. Para la obtención de la licencia de conducir para motociclista, se requiere acreditar un examen teórico y práctico realizado por la Secretaría de Movilidad.
También deberán abstenerse de transportar niñas, niños o adolescentes, que no puedan sujetarse por sí mismos a la motocicleta, sentarse correctamente o apoyar firmemente los pies en los posapiés y tanto el conductor de la moto como el acompañante deberán portar como mínimo el casco certificado que cumpla con las especificaciones de seguridad.
El nuevo Reglamento de Tránsito también prevé sancionar a aquellos conductores de automotores que generen ruidos excesivos o usen irracionalmente las bocinas o los escapes.
Las multas por estacionarse en camellones o por obstruir aceras, así como por invadir el carril confinado del transporte o conducir en sentido contrario van de los 16 UMAS, la mínima; 18 UMAS la media y 20 UMAS la máxima, es decir, de mil 810 pesos, dos mil 36 pesos y 2 mil 262 pesos respectivamente.
Las mismas sanciones se aplicarán para aquellos que participen en arrancones en la vía pública, los que conduzcan sin licencia, los que obstruyan rampas o cruceros peatonales, circulen sin placas o tarjeta de circulación y quien sea sorprendido usando el celular mientras maneja.
También se aplicarán las mismas sanciones a quien conduzca en estado de ebriedad o intoxicado con algún psicotrópico, solo que en estos casos se retendrá el vehículo y procederá un arresto de 48 horas inconmutable.
Para quien conduzca motocicleta sin casco, las multas van de los 3 a los 5 UMAS, es decir de los 340 pesos a los a los 565 pesos.
También se prevén sanciones más elevadas a los conductores que insulten denigren o golpen a las angentes de tránsito y los de vialidad con multas que van de los 3 mil 400 a los 4 mil 550 pesos y para los transportistas a quienes se les podrá sancionar con multas que van de los 5 mil 700 pesos a los 11 mil 314 pesos si suben o bajan pasaje en lugares no autorizados.
Consulta las reformas al Reglamento de Tránsito en este link de la Gaceta de Gobierno del Edo Méx
https://legislacion.edomex.gob.mx/…/gct/2025/nov102.pdf
https://legislacion.edomex.gob.mx/…/gct/2025/nov102.pdf
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